viernes, 28 de febrero de 2014

TAMBIÉN LA PRENSA LOCAL ES MÁS DIGNA EN LEÓN

ESCÁNDALOS FINANCIEROS

Una sentencia obliga a la Caja a devolver a Nogarejas 1,2 millones que invirtió en preferentes

La juez ordena a la junta vecinal el reintegro a Ceiss de 352.000 euros por intereses



  • operación se inició en la sucursal del Banco Ceiss de Castrocontrigo. - JESÚS F. SALVADORES

A. Domingo | Redacción 28/02/2014
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Bañeza ha condenado al Banco Ceiss, antigua Caja España, a que devuelva a la Junta Vecinal de Nogarejas (municipio de Castrocontrigo) 1.200.000 euros que la pedanía había invertido el 13 de abril de 2009 en participaciones preferentes de la entidad financiera al considerar que ésta no informó de las condiciones del contrato y, por tanto, este es nulo. El banco deberá abonar las costa del proceso y recibirá de la pedanía 352.395,16 euros que esta última recibió como resultado de su inversión. A las cantidades objeto de devolución se sumará el interés legal del dinero hasta el momento en el que se ejecute la sentencia.
Al igual que en otras resoluciones sobre preferentes, la sentencia considera que Ceiss no informó de la complejidad y riesgos del producto a su cliente y sostiene que queda probada que existía una relación de confianza entre los responsables de la pedanía y el personal de la oficina de Castrocontrigo, en la que tenía la mayor parte de sus cuentas.
Según los testimonios recogidos en el juicio, el pedáneo, Olivio Campo, de la UPL, y su equipo se interesaron por productos financieros «o bien por un plazo fijo» en la oficina citada. Debido a la fuerte suma de dinero que se trataba, la sucursal consultó con el jefe de zona, quien remitió «una oferta por escrito» para la junta vecinal a la que siguieron «dos o tres entrevistas» entre el encargado de la zona y el pedáneo antes de firmarse el contrato. Para la juez, «es patente» que la caja prestó una labor de asesoramiento y que «la entidad local no fue informada puntualmente de las características del producto contratado. No se informó del riesgo de no percepción de remuneraciones, de absorción de pérdidas, de su carácter perpetuo [...] siendo deuda de peor calidad que los bonos ordinarios o pagarés», reza el fallo.
«De alto riesgo»
Es más, el entonces director de zonza admitió en el juicio «que no le dijo que era un producto de alto riesgo, porque entendía que no lo era», al igual que en la sucursal de Castrocontrigo aseguraron que el producto era «seguro y sin riesgo». Sin embargo, la magistrada apunta que la frecuencia de comercialización de preferentes y el hecho de que no hubiera existido problemas para su amortización «no elimina el verdadero carácter del producto, complejo y de alto riesgo».
La juez recuerda que la Junta Vecinal de Nogarejas por su carácter de Administración pública está obligada por ley «a invertir en productos seguros y líquidos» y que Ceiss no puede alegar que la entidad local ya había contratado este producto con otros bancos para «eludir su responsabilidad». Es más, «la amortización sin problemas de otras inversiones pudo generar una idea errónea» sobre la liquidez, disponibilidad y el riesgo de las preferentes.
Además de lo que dispone la Ley de Haciendas Locales, la juez abunda en que el obligado test de idoneidad del cliente «fue remitido para su cumplimentación varios meses después de la contratación de este producto».
«Libres de sospecha»
La juez coinsidera que la junta vecinal no firmó el contrato «libre y coluntariamente» porque la entidad bancaria no cumplió con su obligación de informar. Así, el consentimiento «lo fue viciado de error», por lo que declara la nulidad del contrato de participaciones preferentes.
El pedáneo de Nogarejas, Olivio Campo, manifestó ayer su satisfacción con la sentencia, que puede recurrirse ante la Audiencia Provincial, porque «nos libra de toda sospecha de habernos llevado el dinero del pueblo, como se llegó a decir, o de haber arriesgado éste con ánimo de lucro». Campo señaló que siempre buscó un producto «tipo plazo fijo» y que si se contrataron preferentes en otra ocasión fue «porque nunca nos dijeron que podíamos perder el dinero».
Campo relató que Caja España le ofreció «hasta en tres ocasiones» cambiar las preferentes «por otros productos que no nos garantizaban nada» y que «de entrada suponían perder un 70% de la inversión». Ante su negativa «llegaron a advertirme de que podían denunciarme».
Fuente: Diario de León



Condenan a Banco Ceiss a devolver 102.000€ por obligaciones subordinadas

La sentencia declara la nulidad del contrato y también condena a la entidad bancaria a devolver los intereses legales y moratorios y a pagar las costas del juicio.
28 de febrero de 2014
La sentencia determina que Banco Ceiss no informó de forma adecuada a la afectada

Los Juzgados de Ponferrada continúan dando la razón a los titulares de obligaciones subordinadas que han demandado al Banco Ceiss, la antigua Caja España, por la masiva e incorrecta comercialización a clientes minoristas y ahorradores tradicionales de Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas, productos catalogados por la CNMV y el Banco de España como complejos y de riesgo.
Esta vez se trata de una Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 en la que se declara la nulidad del contrato de suscripción de obligaciones subordinadas de Caja España, así como del contrato de adquisición por canje de obligaciones subordinadas y ordena al Banco Ceiss a devolver a una mujer de Ponferrada, sin ningún conocimiento ni experiencia en inversiones y en mercados financieros, la cantidad de 102.000 euros invertida en ese producto.
La demandante, que pertenece al colectivo de la Asociación de Preferentistas afectados por Caja España con sede social en El Toralín, interpuso la correspondiente demanda en los Juzgados de Ponferrada en octubre de 2013, siendo defendida por los abogados de Despacho Ábaco, que están defendiendo a este colectivo.
La Sentencia considera que el Banco Ceiss incumplió el deber legalmente exigible de informar adecuadamente a su cliente de las características y riesgos del producto. La información que se dice suministrada por Caja España no cubre la que debe dispensar un profesional leal y diligente en los términos previstos en la Ley de Mercado de Valores, lo que supone faltar a la buena fe contractual prevista en nuestro ordenamiento jurídico.
Existiendo dolo en la formación del consentimiento de la actora debido no ya a la defectuosa y engañosa información proporcionada sino a la total falta de ella, lo que determina la nulidad del contrato de adquisición de las Obligaciones Subordinadas.
Asimismo se condena al Banco Ceiss a devolver a la demandante la totalidad del dinero invertido en la compra de esos productos, más los intereses legales desde la fecha de suscripción, y los intereses moratorios desde la fecha de la Sentencia y al cliente a restituir los intereses percibidos. La Sentencia también condena a la entidad bancaria a pagar las costas procesales del juicio.
Fuente: El Bierzo Digital

jueves, 27 de febrero de 2014

YA EMPIEZA A SER ALGO FAMILIAR

EL MAGISTRADO SEÑALA QUE MANEJABA PERFECTAMENTE LAS CUENTAS DE CAJA DUERO

Un juzgado de Salamanca desestima la reclamación de un preferentista de 89 años

  • Murió en el procedimiento y  su hijo asumió las relaciones con la entidad
Publicado el 27/02/2014 por Redacción
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caja-duero-espana

El juzgado de instrucción número 2 de Salamanca ha desestimado la demanda de un preferentista que reclamaba la devolución de 38.000 euros por los que en otro tiempo recibió los preceptivos intereses y beneficios.

Se da la circunstancia de que la resolución judicial afecta al hijo del primer propietario de los títulos de las preferentes, un anciano de 89 años, que “manejaba perfectamente las cuentas y era consciente del producto que contrató”, según la sentencia.
El demandante justificó la reclamación al estar “ante un producto altamente complejo que fue comercializado como un depósito a plazo fijo y facilitándose con insuficiente información e infringiendo la normativa aplicable”, de acuerdo al fallo. Asimismo, se dijo ante el juez que “no se informa adecuadamente de sus características, no era adecuado al perfil inversos, existiendo vicio del consentimiento con manifiesto error del producto que se contrata, incumpliendo el banco sus obligaciones”.
Por su parte, el director de la sucursal de Matilla de los Caños, que conocía al actor, de edad avanzada, 89, señaló que éste “manejaba bien sus cuentas y acudía solo a la sucursal”. Este anciano ha muerto en el procedimiento de la causa aunque la entidad explicó que sus familiares, concretamente un hijo residente en Gran Canaria, asumió las relaciones con la Caja y la titularidad del fondo.

Tenía toda la información

El juez señala que la entidad bancaria no sólo proporcionó información verbal y clara del producto a través de su comercial sino también escrita “de conformidad con la legislación vigente, no siendo aplicable la doctrina del error como vicio del consentimiento y menos que tal error no pudiera, de haber existido, evitarse con el empleo de una normal diligencia, ya que bastaba con leer las estipulaciones del contrato con las advertencias expresas sobre los riesgos de la operación”. Por tanto, el magistrado determina que ninguna responsabilidad alcanza al banco y la demanda se desestima.
Fuente: Salamanca RADIOTELEVISIÓN

IN DUBIO PRO BANCO

¿Recuerdan la sentencia dictada hace escasos días, en las que, según la noticia de La Gaceta, el señor juez desestimaba la demanda de una salmantina porque el interés que percibía de Caja Duero era de entre el 4,10% y 5,30% en subordinadas y entre el 6,5% y el 8% en preferentes? La sentencia del señor juez puntualiza que el interés pactado entre la demandante y la entidad era "notoriamente superior al que las entidades bancarias satisfacían por un depósito a plazo fijo, siendo de lógica y sentido común que a mayor riesgo de la inversión, mayor interés se obtiene".


Ante una argumentación tan poderosa, aplastante e irrefutable, nos hemos quedado sin palabras...


¡¡PERO NO SIN HECHOS!!

  
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ESTO NO ES UNA BROMA DE LA SEXTA

Los que iban a fusilar el 24 F

En un listado de 27 nombres figuraban los leoneses que los promotores del golpe de Estado habían marcado para hacer desaparecer si triunfaban . Una lista negra con intelectuales, comunistas, socialistas y democristianos. León no fue un remanso la tarde del 23 F. Hubo movimientos para reclamar armas al Gobierno Militar, alerta en las administraciones, preparativos de huida por si triunfaba Tejero y hasta una lista con 27 nombres marcados para empezar la represalia en la mañana del 24 F. Treinta y tres años después, Cordero del Campillo, que encabezaba la nómina, desvela que aquello «no era una broma»

miércoles, 26 de febrero de 2014

LA FISCALIA DE PALENCIA ADMITE LA DENUNCIA

El fiscal envía al Juzgado unas preferentes de una mujer de 86 años

ALBERTO ABASCAL - martes, 25 de febrero de 2014

Denunciaron a la entidad bancaria ante el Ministerio Público por supuestos delitos de estafa y falsedad documental
La Fiscalía de Palencia ha remitido al Juzgado de guardia correspondiente una denuncia por supuestos delitos de estafa y falsedad documental en la comercialización de un contrato de preferentes suscrito por una anciana palentina con la entidad Caja de Galicia, según han informado a este periódico fuentes judiciales.
Las mismas fuentes han precisado que se trata de un contrato de preferentes firmado por una mujer de 86 años de edad con la citada entidad bancaria.
Según la información aportada, la Fiscalía ha trasladado esta denuncia al Juzgado de guardia para que proceda a estudiarla y, si contiene supuestos indicios de infracción penal, abrir las correspondientes diligencias.
Se trata de la tercera causa cursada en la provincia de Palencia, por vía penal, relacionada con los contratos de preferentes y subordinadas desde que estalló la problemática.
El pasado mes de diciembre, la Fiscalía de Palencia  decidió archivar la segunda causa de carácter penal registrada en esta institución, por un contrato de preferentes.
Esta segunda denuncia por un contrato de preferentes fue remitida semanas después de registrarse la primera en abril de 2013 por una supuesta estafa y que procedía de la Unión de Consumidores de Castilla y León con sede en Valladolid.  Se trataba de uno de los casos de Palencia que fueron registrados en la Fiscalía de Valladolid, que abrió diligencias por un presunto delito de estafa con motivo de las participaciones preferentes emitidas en 2004 por las entonces Caja España y Caja Duero, atendiendo a un escrito de denuncia que el día 16 de abril fue presentado por la Unión de Consumidores de Castilla y León en representación de un total de 25 afectados.
Según indicaron fuentes judiciales, la denuncia fue archivada al considerarse que no había sustancia penal en la actuación comercial de la entidad financiera.
La primera denuncia de estas características, también cursada en 2013, ya fue archivada por el Ministerio Público después de que los denunciantes y la entidad bancaria afectada  llegaran a un acuerdo extrajudicial. Este acuerdo entre las partes posibilitó  la decisión de la Fiscalía.
En este caso se trataba de una familia de Aguilar de Campoo que decidió cursar una denuncia por un contrato de participaciones preferentes ratificada en una sucursal de la localidad galletera, por un montante ligeramente superior a los 172.000 euros.
Las participaciones preferentes son valores emitidos por una sociedad que no confieren ni participación en su capital ni derecho a voto.
Se trata de un producto financiero complejo, un híbrido entre los depósitos de renta fija y las acciones. Son de carácter perpetuo, ya que no tienen vencimiento, y su rentabilidad no está garantizada, según indican los expertos.

LA VÍA CIVIL. Sin embargo, la mayoría de los afectados por las preferentes y subordinadas ha acudido a los tribunales de Justicia por la vía civil para tratar de recuperar el dinero invertido en su momento.
En este sentido, tal y como ya publicó Diario Palentino en su momento, la primera sentencia favorable a los intereses de los afectados por la vía civil en Palencia fue dictada en junio de 2013.  El Juzgado Número 5 anuló un contrato de participaciones suscrito por un montante de 27.000 euros, una sentencia que en septiembre se convirtió en firme.
Asimismo, quedó anulada la conversión de parte de estas preferentes en obligaciones subordinadas convertibles, procediendo el juez a declararlas nulas con el consiguiente reintegro al demandante de dicha cantidad. Esa sentencia es firme por cuanto la entidad financiera no recurrió la misma ante la Audiencia Provincial. El juez, en su dictamen, obligaba a la entidad bancaria a reintegrar al cliente la cantidad inicialmente invertida en la adquisición de participaciones preferentes, 27.000 euros, más los intereses legales devengados por esta cantidad desde la fecha de la adquisición de las mismas hasta su efectiva devolución.

Fuente: Diario Palentino

martes, 25 de febrero de 2014

BANKIA SE SUPERA A SÍ MISMA

El banco pierde la mayoría de los pleitos

Bankia recomienda a sus clientes con subordinadas que vendan y retiren la demanda

Argumento: que aprovechen la subida de la acción para recuperar su inversión
Numerosos afectados por las emisiones de deuda subordinada de Bankia están recibiendo la recomendación de que vendan sus acciones y retiren la demanda. La carrera alcista de los títulos de la entidad presidida por José Ignacio Goirigolzarri está sirviendo de base de para esta sugerencia.
Edificio de Bankia en Plaza de Castilla.Edificio de Bankia en Plaza de Castilla.
En efecto, las acciones de Bankia cerraron el viernes a 1,569 euros, lo que significa que ya estarían ligeramente por encima del precio a que les canjearon sus subordinadas más la quita del 10% que les hicieron a estos inversores exigida por Bruselas como parte de los acuerdos para el rescate de parte de la banca española.
Esto ha motivado que numerosos afectados por este producto estén recibiendo en sus oficinas de Bankia la sugerencia y la recomendación de que “aprovechen la subida de la acción para vender y retirar la demanda”.
Bankia ha perdido la mayoría de las demandas que han presentado los afectados por las subordinadas y las preferentes. “Más del 90% de las sentencias están siendo a favor de los inversores. Sólo hay un mínimo porcentaje que se pierde y es de gente que sí tenía estudios o son más jóvenes y el juez decide que no fueron engañados”, explica Víctor Ortiz, abogado de la Plataforma de Afectados por Participaciones Preferentes y Subordinadas.
Además de las numerosas sentencias perdidas, con el daño a su imagen que produce cada vez que hay una resolución en su contra, Bankia está siendo obligada a pagar un 4% de intereses a los inversores que ganan sus pleitos. “Además de las costas del pleito”, apostilla Ortíz.
Ahora bien, ¿es realmente el momento de vender? Para Víctor Ortíz, sí. “Nosotros les estamos recomendando a nuestros clientes que vendan”, asegura. “La acción está por encima de lo que valen y ya no perderían dinero”, explica.
En contra
Sin embargo, para Miguel Durán, abogado que representa a unos 1.000 afectados por estos productos, no es el momento de vender. “Cuidado porque estamos ante un segundo engaño por parte de las entidades bancarias. Hasta que la acción no llegue a 1,80 euros el cliente sigue perdiendo dinero y nosotros les estamos recomendando que no vendan”, asegura.
“La razón es que si venden antes no van a recuperar lo invertido por varios motivos. Si venden ahora, cuando hagan la declaración de la renta el año próximo les van a quitar un porcentaje en función de su tipo marginal. Ese dinero no será como si lo recuperan por la acción judicial, sino quees una venta de acciones cuyas plusvalías tributan, como cualquier operación de venta de acciones, a Hacienda”, explica.
“Además, al ser una venta de acciones lleva su comisión, que se embolsa el banco. Y si retiran la demanda unilateralmente y el escrito no está bien planteado, Bankia les puede exigir que paguen las costes del pleito al ser un desistimiento unilateral”, argumenta.
Por lo tanto, Durán recomienda esperar a que la acción esté más alta, que llegue a 1,80 euros. Para el caso de los afectados por las preferentes, que sufrieron una quita mayor en el valor de sus inversiones por la exigencia de Bruselas para el rescate, el precio mínimo que tiene que alcanzar el título de Bankia para que vender sea rentable es de 3,10 euros.

Fuente: EL CONFIDENCIAL DIGITAL

LO QUE LA GACETA NUNCA PUBLICARÁ


10/2/2014

11/2/2014

12/2/2014

13/2/2014
13/2/2014
14/2/2014

17/2/2014

20/2/2014

¿POR QUÉ LOS OCULTA?

El Banco de España oculta al juzgado los informes clave sobre las preferentes

De todos los informes aportados el Organismo Supervisor ha excluido el periodo clave de marzo a junio de 2009, semestre de emisión de 3.000 millones de euros de preferentes

PILAR VELASCO   24-02-2014 - 20:53 CET
El Banco de España envía al juez Fernando Andreu los informes de crédito y seguimiento de las cajas de ahorro fusionadas en Bankia desde 2008 a 2012. De todos los informes aportados el Organismo Supervisor ha excluido el periodo clave de marzo a junio de 2009, semestre de emisión de 3.000 millones de euros de preferentes. Una de las partes personadas, el bufete Jausas, pide al juez Andreu que reclame de nuevo al Banco de España los informes "del periodo sospechoso de investigación". En lugar de informes, señala la acusación, han entregado dos borradores distintos al resto de informes facilitados.
Protesta por las preferentes de Bankia
Protesta de los afectados por las preferentes- (EFE)
El Banco de España ha omitido de la documentación aportada al juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu los informes clave del semestre en el que Caja Madrid emitió 3.000 millones de euros en preferentes. En respuesta a un oficio del pasado 24 de noviembre de 2013, Andreu solicitó que entregara los "informes internos de seguimiento y documentación tramitada por la Comisión Ejecutiva desde 2008 hasta el 31 de mayo de 2012 de todas las cajas ahorro" integradas en BFA-Bankia.
Según subraya el escrito de la acusación entregado al Juzgado de Instrucción Número 4, el Banco de España ha entregado el informe de seguimiento trimestral y el semestral del riesgo de crédito de diciembre de 2008 y los trimestres anteriores. "Sin embargo" reclama la acusación "suponemos que por un error, no ha aportado dicha información respecto del periodo sospechoso objeto de investigación (meses de marzo y junio de 2009). En su defecto, el organismo regulador ha entregado dos borradores diferentes a los del resto de informes presentados.
Una de las partes personadas, el despacho Jausas que representa a un grupo de preferentitas afectados, ha vuelto a solicitar al juez Fernando Andreu que requiera de nuevo al Banco de España los informes financieros de Caja Madrid. Según el abogado Jordi Ruíz de Villa, del despacho catalán Jausas Legal, "resulta cuanto menos extraño que al aportar la documentación sobre la solvencia de Caja Madrid no faciliten los informes del periodo que va de marzo a junio de 2009, precisamente el trimestre donde se comercializa la mayor partida de preferentes".
Para la acusación "se trata de "informes muy importantes porque si determinan que había alto riesgo de crédito ¿Cómo permitió el Banco de España la emisión de 3.000 millones de euros en preferentes y por qué no se informó del riesgo de la entidad a los clientes?" señala Jordi Ruíz.
En los informes de crédito que sí aporta el Banco de España llama la atención cómo en diciembre de 2008 el organismo supervisor reconoció el alto riesgo de crédito de la entidad. Para el abogado de la acusación, Jordi Ruiz, "con un alto riesgo de crédito, es decir, de colapso financiero, el banco de España permite emitir productos perpetuos con alto riesgo financiero y sin obligar a informar a los clientes". La acusación personada en la causa delas preferentes, ha pedido también que el organismo regulador aporte lacalificación de las agencias de rating de ese semestre, la situación de solvencia de la entidad de Caja Madrid y aclare si se utilizó el dinero de las preferentes para comprar deuda a bajo precio.
El despacho Jausas interpuso la primera querella en la Audiencia Nacional en nombre de un grupo de afectados por las preferentes por presuntos delitos de estafa y maquinación para alterar el precio de las cosas contra el antiguo Consejo de Administración. La Cadena SER se ha puesto en contacto con el gabinete de comunicación del Banco de España, todavía no ha explicado la exclusión de esta documentación.
Informes inexistentes como tales
La Cadena SER se ha puesto en contacto con el Banco de España. Según un portavoz, parte de la documentación pedida por Andreu ya se había remitido. En cuanto a los informes de riesgo y seguimiento no existen como tales. Coincidió, asegura, con una inspección llevada a cabo en Caja Madrid cuyas conclusiones se aprobaron después en el Comité Ejecutivo. Mañana mismo el Banco de España tiene previsto enviar al juzgado un escrito con la explicación oportuna.

Fuente: CADENA SER

JUECES JUICIOSOS


Los jueces tratan de evitar fallos contradictorios en los recursos sobre preferentes

Los magistrados de las audiencias gallegas han unificado sus criterios con el fin de que las sentencias lleven la misma línea






Son miles los afectados por la comercialización de productos financieros como las participaciones preferentes y la deuda subordinada, sin saber exactamente dónde estaba su dinero y en qué invertían. La justicia ha intervenido en muchos de los casos, casi siempre a favor de los particulares. Ante un eventual aluvión de recursos de apelación, presidentes y magistrados de las audiencias provinciales de Galicia han hecho causa común para evitar que ante casos similares haya sentencias contradictorias en forma o fin.
En el caso concreto de Ourense, la Audiencia Provincial aún no ha dictado fallo alguno, pero el escenario está bien definido. Presidentes y magistrados gallegos han hecho una puesta en común y redactado unas conclusiones que, sobre el papel, evitarán desajustes, entre otros aspectos, a la hora de fijar las costas. Y aunque los acuerdos tomados en unas jornadas de trabajo no tienen carácter vinculante, es previsible que las resoluciones se ajusten a esos principios generales.
El hecho de que todavía no haya una resolución firme mantiene la incertidumbre entre el colectivo de afectados y los despachos de abogados que han dirigido estos pleitos. Uno de los puntos más controvertido está, precisamente, en el de las tasas. Los magistrados han dicho en sus conclusiones que a estos efectos se tendrá en cuenta el interés económico real del procedimiento. Significa esto, a modo de ejemplo, que si un cliente con 10.000 en preferentes reclama judicialmente la recuperación del total de su dinero y no solo los 7.700 que le reconoció y ya abonó el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria), las costas del pleito -que, si se confirma la tendencia, se cargarían a NCG o a Bankia, entidades más afectadas en Ourense- el cálculo se harían únicamente sobre 2.300 euros.
Los magistrados de las salas de lo civil de Galicia muestran una doble vía para la restitución de prestaciones. Un recálculo: el perjudicado devolverá los intereses percibidos y, por otro, la entidadse hace cargo del total con el interés legal del dinero.
Consideran los magistrados que se debe aplicar la normativa sobre derechos de consumidores y usuarios y, en este sentido, la vulneración del derecho a la información justifica la nulidad de los contratos. En esta misma línea, los actos ejecutados a instancia de las entidades mientras persista la situación de error, con soluciones parciales, no se consideran actos propios o de confirmación.

Fuente: La Voz de Galicia

LA IMPORTANCIA DE SABER IDIOMAS


Conthe dice que una buena traducción habría evitado malentendidos con las preferentes

lainformacion.com
viernes, 21/02/14 - 



Madrid, 21 feb (EFE).- El economista Manuel Conthe asegura que "una buena traducción de los términos financieros provenientes del inglés es imprescindible" y habría evitado confusiones como las producidas por las mal llamadas "participaciones preferentes", en su opinión una desafortunada traducción del inglés "preferred shares".




Conthe dice que una buena traducción habría evitado malentendidos con las preferentes
Madrid, 21 feb (EFE).- El economista Manuel Conthe asegura que "una buena traducción de los términos financieros provenientes del inglés es imprescindible" y habría evitado confusiones como las producidas por las mal llamadas "participaciones preferentes", en su opinión una desafortunada traducción del inglés "preferred shares".
En declaraciones a EFE con motivo de su incorporación al Consejo Asesor de la Fundación del Español Urgente, Conthe señala que un nombre más explicativo de la naturaleza de esos valores hubiera sido "deuda perpetua ultra-subordinada", expresión que habría evitado malentendidos.
La traducción "participaciones preferentes" que consagró hace años el legislador resulta engañosa, explica Conthe, porque omite el esclarecedor sustantivo "acción" ("share") que habría alertado a los inversores del riesgo inherente a ese tipo de valores y utiliza, de forma aislada, el adjetivo "preferente", lo que sugiere que se trata de un producto "privilegiado" o muy ventajoso.
En opinión del abogado y economista existe "un vacío clamoroso en la buena y temprana traducción al español de los términos en inglés del ámbito económico y financiero", lo que lleva a que se generalice en el ámbito hispanohablante el uso de muchos términos en inglés innecesariamente oscuros.
Así, por ejemplo, "resulta más claro hablar de 'asesores de voto', una expresión que entiende cualquiera, que de 'proxy advisors', expresión técnica al alcance de sólo unos pocos", añade.
Pero para que una buena traducción arraigue "es preciso que surja pronto y sea recomendada por alguna institución con influencia en los medios de comunicación".
"Una buena traducción sólo sustituirá al término original inglés si es utilizada con carácter general y, en consecuencia, adquiere un significado tan preciso como el original inglés; si un término se traduce al español de cuatro formas distintas, ninguna arraigará, porque su significado no será tan unívoco como el del término original".
Conthe, nacido en Madrid en 1954, fue director general del Tesoro entre 1988 y 1995, secretario de Estado de Economía entre 1995 y 1996 y presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores entre 2004 y 2007.
Desde esa fecha preside el Consejo Asesor de Expansión. Ejerce también como árbitro desde el despacho internacional de abogados Bird&Bird.
Preocupado desde hace años por el buen uso del idioma en el ámbito financiero mantiene en su blog en Expansión ("El sueño de Jardiel") una sección de inglés económico en la que ha venido sugiriendo posibles traducciones de términos económicos ingleses.
La incorporación de Conthe al Consejo Asesor de la Fundéu refleja el interés de la Fundación de crear productos sobre el buen uso del español específicamente dirigidos al mundo de la información económica y financiera.
Conthe acompañará en el Consejo Asesor de la Fundación del Español Urgente al director del Instituto Cervantes, Víctor García de la Concha, al secretario de la Asociación de Academias de la Lengua Española, Humberto López Morales, y a los académicos Gregorio Salvador y Salvador Gutiérrez Ordóñez.
También forman parte del Consejo los lingüistas Pilar García Mouton y Leonardo Gómez Torrego y los periodistas Soledad Gallego-Díaz, Victoria Prego y Mario Tascón.

Fuente: lainformacion.com

sábado, 22 de febrero de 2014

MUJER CRUCIFICADA SOBRE FONDO INVERNAL



Hoy hemos leído en La Gaceta Salamanca la noticia de una nueva demanda rechazada, que había sido presentada por una afectada de nuestra ciudad por deuda subordinada  contra Banco Ceiss.
Cada vez que Caja Duero consigue una victoria legal que pueda sembrar el miedo y la duda entre los preferentistas (que, de todas formas, vamos a continuar presentando demandas judiciales contra nuestra odiada querida caja) se apresura a publicarla. Normal; quien paga, manda.

¡Que no cunda el pánico! Todas las semanas, quizá cada día, se ven en los juzgados de Salamanca casos por demandas contra Banco Ceiss por deuda subordinada y preferentes. Si, de tarde en tarde, la Gaceta y los periódicos digitales nos obsequian con la noticia de un fallo adverso (y, si no me equivoco, hasta ahora son tres y un recurso presentado por la caja y ganado en la Audiencia Provincial), eso no debe hacernos perder de vista la perspectiva general de los procesos: 230 demandas ganadas por las plataformas frente a 9 perdidas y casi 9 millones de euros recuperados por los clientes engañados frente a poco más de 1 millón perdido (de momento). Necesariamente tiene que haber más demandas que se ganen, pero que, por no corresponder a socios de la Plataforma, no se conocen, la prensa no se entera o no quiere publicarlas y, por supuesto, Banco Ceiss no tiene ningún interés en que salgan a la luz. Puede que incluso, del mismo modo que paga por que se publiquen las demandas ganadas por ellos, pague también para que no se aireen las perdidas. ¿Por qué lo suponemos? Pues por la manera en que está redactada la noticia. Si ésta hubiera partido de la propia redacción del periódico, aportaría más detalles. Por ejemplo, diría en qué juzgado tuvo lugar el juicio. Sólo sabemos que es un juez. En los juzgados de Salamanca, las señoras juezas triplican en número a los señores jueces, lo que reduce el ámbito de búsqueda a dos o tres juzgados. Esa noticia apresurada y breve encaja más bien con el tipo de nota que alguien no muy avispado de Caja Duero pasa a La Gaceta. Los otros diarios digitales no han recibido el "encargo" y no dicen nada del asunto. La torpeza de Caja Duero es tan grande que, en su afán por asustarnos dando a conocer los juicios que consigue ganar, nos muestra sus exiguos triunfos: se conocen absolutamente todas las demandas que ganan, es decir, ese puñadito que se puede contar con los dedos de una mano. En definitiva, nos muestra su debilidad en los juzgados.

Eso por un lado. Por otro lado está la sentencia, con sus fundamentos de derecho y las argumentaciones del juez. Solo conocemos de la sentencia los escasos detalles que aporta el artículo de La Gaceta, pero si el argumento en que basa su fallo el juez es el que consta en él, lo podría desmontar cualquier persona con un mínimo de sentido común. Para un cliente del perfil general de los afectados por los productos híbridos de Caja Duero-España, la diferencia entre un interés mayor o menor no se asocia con el nivel de riesgo asumido (que entre este tipo de clientes suele ser nulo), sino con la duración del depósito, plazo o inversión. Hasta el ahorrador más inexperto en materia de bancos sabe que, a mayor plazo, mayor rentabilidad. Algo que el señor juez, por lo visto, ignora. Ignora, pero juzga y falla (estrepitosamente). La señora condenada en costas contrató las subordinadas antes de 2009, lo que significa que buscaba un producto de ahorro a largo plazo, porque debían expirar en 2019. Al señor juez le parece un interés sospechosamente alto el que ofrecían las obligaciones de deuda subordinada de Caja Duero (entre el 4,10% al 5,30%, dice en su sentencia). Pues bien, la rentabilidad de las obligaciones del estado en 2011 (en plena crisis) era del 5,50%.


 rentabilidades



Y lo normal es que las entidades financieras privadas ofrezcan mejores intereses que la deuda pública. En el cuadro vemos que la rentabilidad para la renta fija privada era de +1,24% con respecto a la equivalente pública. Si la señora crucificada condenada en costas que acaba de perder su demanda recibía ese interés por el producto de Caja Duero, que tenía su vencimiento en 2019, es porque su director de oficina seguramente no le ofreció el del Estado. Ni al director ni a la caja les interesaba; lo que les interesaba era colocar preferentes "sea como sea", porque "nos va la vida en ello":
CORREO ENVIADO A LOS DIRECTORES DE SUCURSAL DE CAJA ESPAÑA-DUERO

Otra de las argumentaciones que nos cuenta La Gaceta es esa por la que el señor juez reprocha a la demandante el no haberse quejado durante los años que percibió beneficios e intereses por parte de Caja Duero. Vamos a ver, Señoría: si la demandante ha contratado un producto, cuyas verdaderas características sin duda ignora y que le promete unos rendimientos X, mientras esos rendimientos se paguen y no suceda nada extraordinario, todo parece normal y el cliente no sospechará nada, por lo que no actuará. 



La alarma llega cuando la caja deja de cumplir su parte del pacto, es decir, cuando deja de pagar intereses; cuando, pese a las promesas verbales de recuperación del dinero en pocas horas, secuestra sus ahorros; cuando el estado impone una quita brutal a los ahorradores y les canjea sus ahorros por unos bonos sin valor conocido y sin liquidez; cuando se hace público que Banco Ceiss está en bancarrota y que, para no tenerlo que nacionalizar, se lo van a malvender a unos usureros andaluces. Eso es lo que hace que salten las alarmas y que miles de ahorradores nos demos cuenta de que nos han engañado, estafado y vendido. ¿Denunciaría usted que le han robado antes de saber que lo han hecho? Y contra eso se pone una demanda en su juzgado. Y ahora, además de todo lo anterior, esa señora está arruinada y crucificada.  

Lo hemos dicho muchas veces y lo reiteramos una vez más: urge una unificación de criterios entre los jueces, una información a fondo a cargo de un experto y la implicación de la Fiscalía Superior de Castilla y León en el caso de las "preferentes".

Luis Arranz